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Que dice uno de los proyectos de Ordenanza sobre el cupo laboral Trans

Presentaron dos Proyectos de Ordenanzas que buscan otorgar un cupo laboral para la comunidad LGBTIQ+ a la planta de personal municipal. Uno de los proyectos fue presentado por la edil Dolores Cabral al que pudimos acceder para difundirlo.

             PROYECTO DE ORDENANZA CUPO LABORAL TRANS

VISTO:

El decreto presidencial n° 721/2020 que establece el cupo laboral trans que no podrá ser inferior al 1% de los cargos del sector público nacional.

CONSIDERANDO:

QUE : en nuestra Ciudad existe un colectivo LGTBIQ+ denominado “CHAMIGUES” que viene juntándose y trabajando a fin de lograr objetivos comunes, para mejorar situaciones de alta vulnerabilidad y mayor inclusión

QUE: La república Argentina asumió el compromiso de respetar y garantizar que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y en derechos ; que tienen todos los derechos y libertades sin distinción alguna de etnia, raza ,color, sexo, idioma , religión , opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento, o cualquier otra condición

QUE: Que se deben estimular políticas de inclusión que eviten la discriminación de las personas de esta comunidad y que ellas puedan conseguir un trabajo formal y acceder a las mismas oportunidades laborales como cualquier otra persona sin distinción de género.

QUE: Resulta de vital importancia transformar el patrón estructural de desigualdad que perpetúa la exclusión de esta población que tiene una expectativa de vida de entre 35 a 40 años

QUE: Que según datos estadísticos de la comunidad LGBTIQ+ se estima que un 95% de personas trans no acceden al empleo registrado y cerca de un 60% no han podido culminar sus estudios secundarios.

QUE: es un colectivo especialmente sensible a sufrir, a padecer discriminación ya que siguen existiendo prejuicios culturales y socio laborales que a la hora de aceptarlos en determinados ámbitos regulares del mercado laboral las excluyen

QUE: Tanto la Constitución Nacional así como los tratados de Derechos Humanos establecen el derecho a la identidad, incluyendo otros, que tienen el fin de resguardar la dignidad del ser humano en virtud del reconocimiento y el respeto a su identidad.

QUE: En el año 2012 se sanciono la ley 26743 que establece EL DERECHO A LA IDENTIDAD DE GENERO

   POR TODO ELLO, LA MUNICIPALIDAD DE MERCEDES REUNIDA EN CONCEJO

                                                    ORDENA:

ART. 1La Municipalidad de Mercedes, deberá incorporar anualmente a su planta de trabajadores al 3% a personas pertenecientes a la comunidad LGBTIQ+ que reúnan condiciones de idoneidad para su cargo. Se deberán establecer reservas de puestos de trabajo para ser ocupados exclusivamente por personas de este colectivo.

ART. 2 PERSONAS ALCANZADAS.

Se encuentran comprendidas en las previsiones de la presente ordenanza, las personas de este colectivo LGBTIQ+

ART. 3 NO DISCRIMINACION

Todas las personas pertenecientes a este colectivo, tienen derecho al trabajo digno y productivo, como así también a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de identidad de género o su expresión, por lo que no podrán establecerse requisitos de empleabilidad que obstruyan el ejercicio de estos derechos.

ART. 4 TERMINALIDAD EDUCATIVA Y CAPACITACION:

Para garantizar la igualdad de oportunidades el requisito de terminalidad educativa no debe ser un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo. Si las personas aspirantes al trabajo no completaron su educación en el artículo 16 de la ley n° 26206 de la educación nacional se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles que le faltan.

ART. 5

Sera autoridad de aplicación de la presente ordenanza la Dirección de la mujer y Diversidad sexual debiendo dar participación a la oficina de empleo, a la dirección de personal de la municipalidad y a las otras oficinas que se estimen pertinentes

ART. 6 FUNCIONES DE LA AUTORIDAD DE APLICACION

CREACION DEL REGISTRO DE ANOTACION VOLUNTARIA DE PERSONAS DE LA COMUNIDAD LGBTIQ+
ELABORAR UN PROGRAMA DE CONCIENTICACION QUE TENGA COMO FIN REMARCAR LA IMPORTANCIA DE LA INSERCION LABORAL EQUITATIVA E IGUALITARIA
EFECTUAR LAS GESTIONES PARA RECONOCER Y HOMOLOGAR LOS CURSOS DE CAPACITACION Y FORMACION DESARROLLADO EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE INCLUSION LABORAL TRANS PARA QUE PUEDAN TENER VALIDEZ COMO ANTECEDENTES EN LOS CONCURSOS Y CONTRATACIONES.-
REALIZAR CAMPAÑAS SOBRE EL RESPETO A LA DIVERSIDAD SEXUAL EN LOS DISTINTOS SECTORES DEL MUNDO LABORAL.