En nuestra ciudad rige la Ordenanza 1185/19 a través de la cual se prohíbe la fabricación, comercialización, circulación y venta de todo tipo de pirotecnia sonora. Esta normativa busca garantizar la protección de niños, adultos mayores, personas con autismo y mascotas durante las celebraciones de fin de año.
La ordenanza declara de interés municipal la necesidad de regular el uso de la pirotecnia para prevenir posibles accidentes y daños a la salud. Se toma en cuenta los efectos negativos que los estruendos producen en determinados sectores de la población.
Se invita a la comunidad a celebrar las fiestas navideñas y el año nuevo sin la utilización de artículos de pirotecnia ruidosa. Se busca fomentar otras opciones de festejo que no afecten la tranquilidad y biodiversidad de la ciudad.
Está prohibida la oferta, el depósito, la fabricación, el suministro, la venta, la distribución y el acopio de productos de pirotecnia. Los incumplimientos se pueden denunciar ante el Municipio.
La norma no impide el uso de juegos pirotécnicos de baja intensidad sonora o artículos para exhibiciones controladas con autorización previa de Defensa Civil.
Se promueve preservar la alegría y el esparcimiento típico de las celebraciones sin exponerse a riesgos de quemaduras u otros daños. El cuidado de la salud y la paz social priman en esta temporada.
El control para el cumplimiento de la ordenanza está a cargo de la Secretaría de Convivencia y Control Ciudadano municipal. Se apuesta a festejos pirotécnicos cero en pos del bienestar colectivo.
Categories
actualidad
En Mercedes están prohibidos los cohetes de estruendos
