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Concejo Deliberante de Mercedes Suspende al Intendente tras Sentencia Judicial

De acuerdo a la Ley Nacional 24.759 y la Convención Interamericana contra la Corrupción, el Estado argentino se comprometió a tipificar delitos como el aprovechamiento indebido de información reservada y la desviación de bienes públicos por parte de funcionarios. La Constitución argentina establece que quienes cometan estos graves delitos contra el Estado quedarán inhabilitados para ocupar cargos públicos.

En ese marco, el Tribunal Oral Penal de Mercedes dictó una sentencia condenatoria contra el Intendente Diego Martín Cárdenas por los delitos de incumplimiento de deberes de funcionario público, especulación y falsificación de documentos. En el punto 23 de la sentencia, el tribunal ordenó al Concejo Deliberante la «inmediata suspensión» del Intendente en el ejercicio de su cargo.

Cumpliendo con la orden judicial, el Concejo Deliberante de Mercedes resolvió proceder a la «inmediata suspensión en el ejercicio del cargo de Intendencia Municipal» de Diego Martín Cárdenas. Según la Carta Orgánica Municipal, en caso de suspensión del Intendente, sus funciones serán ejercidas por la Vicointendenta Elba Juana Gauto.

La resolución del Concejo Deliberante señala que la suspensión del Intendente se da en cumplimiento de la sentencia judicial, la Constitución Provincial, la Ley de Ética Pública y las atribuciones del órgano legislativo municipal de controlar la gestión y funcionamiento de la Administración.

El Concejo Deliberante notificó la suspensión del Intendente Cárdenas y la asunción de la Vicointendenta Gauto al frente del Departamento Ejecutivo Municipal, mientras dure la medida. Esto se enmarca en el artículo 63 de la Carta Orgánica que regula la acefalía en caso de suspensión del Intendente.

La decisión del Concejo Deliberante se fundamenta en el cumplimiento de la sentencia judicial, la cual declare penalmente responsable al Intendente Cárdenas por los graves delitos cometidos en el ejercicio de su función, según lo establecido en la Constitución y la legislación sobre ética pública.

Cabe señalar que la suspensión del Intendente se produce en un contexto de tensión institucional, ante la interpretación divergente entre el Tribunal Oral Penal y el Superior Tribunal de Justicia respecto al procedimiento para la suspensión de un Intendente.

Ante esta situación, es de esperar que las partes involucradas acudan a las instancias legales correspondientes para dirimir el conflicto y que se respeten las garantías constitucionales en resguardo del Estado de Derecho.