A raíz del incidente donde un joven perdió dedos de su mano en un accidente de trabajo nos pusimos a investigar que debe pasar si todo esta legal o sea cuando hay una aseguradora de riesgo laboral.
Lo que se tiene que tener en cuenta a la hora de calcular la incapacidad e indemnización que se debería cobrar de la ART por la pérdida de un dedo en Argentina.
Primero vamos a tener en cuenta que nos vamos a basar en el caso de los dedos de la mano que es distinto al caso de los dedos del pie.
Bueno vamos lo importante ¿Cuál es nuestro miembro hábil? Porque la indemnización no es la misma que para la mano izquierda que para la mano derecha.
Entonces ya que son varios los factores a tener en cuenta en este tipo de lesiones, por ello este articulo cuenta con la asesoría de un abogado especialista en accidentes de trabajo.
El asesoramiento debe ser desde un primer momento sin necesidad de tener el alta medica, ¿Cuál es la incapacidad por amputación de dedos? Según el decreto 659/96 conocido como BAREMOS contiene la tabla de incapacidad laboral.
Respecto a la amputación de dedos hay cuestiones que hacen variar los porcentajes según de que dedo se trate, a qué nivel es la amputación o si es de pie o mano. Por ejemplo, el dedo índice de la mano se usa más que el dedo índice del pie.
Por otro lado, debemos analizar en el caso particular si se generó la perdida de sensibilidad y motricidad, si hay una limitación funcional.
Debemos señalar, además, que en aquellos casos en el que se ve afectado el miembro hábil, se deberá adicionar, además, un 5% del porcentaje obtenido.
En primer lugar, en aquellos casos en el que se ven afectado los 10 dedos el Baremos establece un porcentaje de incapacidad del 100%. En aquellos casos en el que sean 5 entre el 40 y 60 % y la amputación de los 4 dedos menos el pulgar le corresponde el 40%. A partir de allí, hay ir que, analizando cada caso particular, ya que se establece distintos porcentajes según el dedo y nivel de amputación:

Amputación de dedo pulgar, 30% y 8% metacarpo falángica (30%), 1° falange (25%), a nivel interfalangica (15%), amputación diestal de la última porción falángica (8%)
Amputación de un dedo índice, 14% y 6%, según si es a nivel metacarpo falángica (14%9), interfalangica proximal (11%) interfalangica diestal (9%) amputación diestal de la última porción falángica (6%)
Amputación de dedo mayor, (11% y 2%) según si es a nivel metacarpo falángica (11%), interfalangica proximal (8%) interfalangica diestal (6%) amputación diestal de la última porción falángica (2%)
Amputación de dedo anular, (8% y 3%) según si es a nivel metacarpo falángica (8%), interfalangica proximal (6%) interfalangica diestal (5%) amputación diestal de la última porción falángica (3%)
Amputación del dedo meñique, varia 5 % y 1%, según si es a nivel metacarpo falángica (5%), interfalangica proximal (4%) interfalangica distal (3%) amputación diestal de la última falange (1%)
Entonces ¿Cuánto debe pagar una ART? Por una amputación, según explicamos, previamente los porcentajes pueden variar considerablemente. Sumado a ello debemos tener en cuenta que las indemnizaciones son variables, ya que no dependen únicamente del % de incapacidad obtenido. Los otros factores son la edad del trabajador al momento del accidente y su ingreso base (cual se ajustará por RIPTE) teniendo en cuenta que la edad e ingreso de base no son temas de discusión.
En casos donde ocurre en el ámbito de trabajo informal generalmente termina en juicio al empleador.
Marin P. Abogado