En 2017, se registró una pelea entre jóvenes. Intervino la Policía que custodiaba el lugar. Un sargento golpeó a uno de los muchachos, que cayó pesadamente a la vereda y murió. Tenía 19 años y era conocido como «Betito».
Rubén Osvaldo «Betito» Franco murió tras sufrir un golpe mortal por parte del sargento de policía José Miño.
El hecho ocurrió en septiembre de 2017 en Pedro Ferré y Doctor Rivas, afuera del Club San Lorenzo de la localidad correntina de Mercedes.
Ayer, el Tribunal Oral Penal condenó a Miño a tres años de prisión por el delito de «homicidio preterintencional y abuso de autoridad en concurso ideal».
Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el caso habría ocurrido entre la noche del sábado 16 y la madrugada del domingo 17 de septiembre de 2017 en las inmediaciones del Club San Lorenzo de Mercedes, donde se realizaba una fiesta de cumpleaños de 15.
Una pelea entre varios jóvenes derivó a la intervención de la Policía que realizaba un adicional.
Por su estado de ebriedad, «Betito» continuó agrediendo al efectivo.
Fue entonces que el funcionario policial le dio un golpe al muchacho, que causó la caída al suelo y lesionó la parte frontal de la cabeza, provocándole un traumatismo grave que ocasionó su posterior deceso.
Informe médico
Según el resultado de la autopsia médica legal, el joven falleció por traumatismo de cráneo encefálico al ser golpeado por un objeto romo y duro. Eso le produjo la muerte directamente por hemorragia ventricular y edema cerebral.
El informe reveló que el chico presentaba múltiples traumatismos craneanos a predominio anterior, con compromiso frontal y nasal principalmente, y de cuya craneotomía se constató congestión de meninges y un intenso edema y congestión cerebral; al corte se constató hemorragia en vínculos cerebrales laterales.
El hecho fue caratulado como «homicidio preterintencional y abuso de autoridad en concurso ideal». El acusado llegó a juicio en libertad.
El fiscal del Tribunal Oral fue Juan Carlos Alegre. La querellante, Antonia Viviana Martínez (madre del joven), representada por José S. Alegre y José A. Ramírez (h) y la defensa particular ejercida por Pedro y Juan Karam en representación del imputado Miño, acusado del homicidio de Rubén Osvaldo Franco.
Luego de conocerse la condena de tres años de prisión por el delito que se lo acusó, el Tribunal leyó la acción civil en la que se condenó a Miño al pago de 4 millones 900 mil pesos.
Vale mencionar que en primera instancia se vio involucrada otra funcionaria policial, en la etapa de instrucción, pero con el correr de los pasos legales y judiciales se comprobó que no participó del hecho, por lo que se determinó el sobreseimiento en el caso investigado.
En la oportunidad, a través de redes sociales se publicó incluso hasta dos videos del episodio de esa madrugada trágica.
EL TRIBUNAL CONDENÓ A TRES AÑOS DE PRISIÓN A MIÑO.
Qué es la figura preterintencional
El homicidio preterintencional se emplea cuando la culpabilidad del autor no puede clasificarse en ninguno de los supuestos de dolo o imprudencia. Por ejemplo, se produce un homicidio preterintencional cuando alguien quiere lesionar a otro y le causa la muerte. La intención del autor era lesionar, no matar. En su artículo 81, el Código Penal prevé para este delito una pena de entre 1 y 6 años de prisión.